Scroll Top

Las mascotas ya son por ley seres sintientes y no cosas

La nueva Ley de Mascotas acaba de entrar en vigor y los cambios que incorpora convierten a nuestros animales de compañía en “seres sintientes”, circunstancia que modifica de forma considerable la anterior catalogación como “bienes inmuebles”. La nueva Ley tiene grandes implicaciones en lo que a maltrato o propiedad se refiere, por lo que es una innovación necesaria que nos pone al nivel de otros países europeos en cuestión animal.

Tres semanas después de su publicación en el BOE, el pasado miércoles día 5 entró en vigor la nueva Ley de Mascotas 17/2021, que modifica el Código Civil para adaptarlo a los nuevos tiempos. Se trata de un texto jurídico novedoso por el cual los animales de compañía dejan de ser considerados “bienes inmuebles” para convertirse en “seres sintientes”.

Se trata de un avance exigido desde hace años por los colectivos de defensa animal y que pone a España al nivel del resto de países europeos modernos. Además de un mayor nivel de protección, este cambio permite modificar la Ley Hipotecaria y de Enjuiciamiento Civil, de forma que se impida el embargo de mascotas o la extensión de las hipotecas sobre los animales de compañía como hasta ahora venía ocurriendo.

Novedades que conlleva la Ley

Pero, ¿qué otros cambios traerá esta nueva ley? El primero y más importante es que por encima de la propiedad de las mascotas las autoridades judiciales tendrán en cuenta el bienestar de los animales a la hora de, por ejemplo, de determinar la custodia en casos de divorcios o separaciones.

Custodia y Casos de Violencia de género

Esto influirá también en los casos de violencia de género, donde los jueces podrán evitar el cuidado conjunto de las mascotas en casos de maltrato físico o psicológico de la pareja o los hijos o cuando se aprecie la existencia de malos tratos hacia el animal o la posibilidad de ejercerlos como forma de control y victimización.

Abandono y maltrato animal

Otros aspectos, sin embargo, no cambian, como es la obligatoriedad de devolver aquellos animales encontrados, salvo que se aprecien signos de maltrato claros, los cuales deberán ser puestos en conocimiento de las autoridades competentes o las responsabilidades de las personas dedicadas a la venta de mascotas.

La pérdida de la posesión de un animal podrá deberse al abandono del mismo, a la cesión o venta, a la muerte o pérdida o al hecho de que otra persona lo haya tenido durante al menos un año, a pesar de que el anterior dueño desee recuperarlo.

Aunque poco a poco España da pasos hacia un marco de protección de animales similar al de otros países desarrollados, queda esperar aún a que el anteproyecto de Ley de bienestar Animal, con avances como el DNI para mascotas o los cursos de formación para propietarios, salga adelante y sea aprobado a lo largo de 2022.

Comentarios (1)

Giselle Rodriguez

Estan muy buenos los cambios. Pero tambien deberian cambiar el sistema de mantencion sobte ellos. Por ejemplo que los pueda uno incluir en los gastos, como en salarios y taxes pues ellos nos cuestan bastante en alimentos vitaminas vacunas veterinarios y medicamentos y si tenemos que llevarlos a un hospital. Merecemos una ayuda tambien pues habemos muchas personas que no alcansamos para tanto. Con todo respeto.

Dejar un comentario