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En Madrid se podrá enterrar a los animales de compañía

La región madrileña autoriza el enterramiento de las mascotas, siempre y cuando haya autorización previa y no conlleve riesgo alguno.

 

PODRÁN ENTERRARSE PERROS EN MADRID

Los animales de compañía podrán ser sepultados en Madrid. Aquellos propietarios de mascotas que deseen enterrarlas una vez que han fallecido podrán hacerlo si así lo desean. Así lo ha confirmado la Subdirección General de Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal de la Comunidad de Madrid, que según un informe de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, autorizará este procedimiento siempre y cuando se cumplan unas medidas a modo de requisito.

Se trata de un proceso que se inició a través de la solicitud llevada a cabo por la Asociación de Rehalas Regionales Caza y Libertad (ARRECAL), para poder dar sepultura a sus perros de rehalas, algo que a partir de ahora podrán realizar siempre y cuando cumplan con los requisitos indispensables para ello. Unas medidas que la región madrileña ha impuesto para permitir el procedimiento, y que una vez cumplidas permite el enterramiento de estos animales.

En concreto son tres las condiciones que exige la autonomía. En primer lugar, que las mascotas no hayan fallecido debido a una enfermedad de declaración obligatoria. Por otra parte, la sepultura debe realizarse en un lugar que no pueda perjudicar a la salud pública, animal y el medio ambiente. Y por último, debe ser un espacio al que no puedan acceder otros animales carnívoros u omnívoros.

Una vez cumplidos estos requisitos, se permitirá el enterramiento de los animales de compañía. La autorización previa es indispensable y debe ser presentada junto con la del resto de Núcleo Zoológico.

De esta forma, la Comunidad de Madrid responde a la petición formulada por ARRECAL a todas las autonomías, y facilita a través de las condiciones señaladas el deseo de la asociación. Los miembros de la misma mostraron su satisfacción y agradecimiento ante el informe, y han destacado además que las condiciones impuestas son “de fácil aplicación” y “nada farragosas”, por lo que apuntan que espera que se cumplan debidamente por parte de todos.

Según la normativa europea, se considera como animal de compañía a aquel que es alimentado y mantenido, pero nunca consumido por los seres humanos. Según el nivel de riesgo para la salud pública, se clasifican los animales por categorías, y hasta el momento las especies fallecidas se eliminaban mediante incineración.

 

Comentarios (1)

Me gustaria saber donde hay que pedir el permiso

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